Vender tu vivienda para comprar otra: guía definitiva con y sin hipoteca
“Cuando un cliente quiere cambiar de casa, lo primero que cierro es el plan financiero y temporal: qué opción encaja (vender primero, comprar con hipoteca-puente, arras encadenadas, subrogación del comprador…), qué costes tendrá (comisiones de hipoteca, notaría/registro) y cómo blindar la exención por reinversión en IRPF. Sin ese mapa, todo se complica.”
Lo esencial
- Si priorizas seguridad de caja: vende primero, firma arras de compra con fecha posterior y condición suspensiva si hace falta.
- Si priorizas no mudarte dos veces: compra primero con hipoteca-puente o ahorro y cierra la venta en ≤2–6 meses.
- Si tu comprador acepta: que se subrogue en tu hipoteca actual (menor papeleo), o bien cancela y abre una nueva.
- Fiscalidad: si reinviertes el importe de venta en tu nueva vivienda habitual en ≤ 2 años (antes o después), la ganancia puede quedar exenta (parcial si reinviertes solo parte).
Tus opciones para encadenar “venta → compra”
| Opción | Cómo funciona | Velocidad | Riesgo | Para quién |
|---|---|---|---|---|
| Vender primero | Cierras escritura de venta, cobras, y compras con caja/hipoteca menor | Alta (si precio realista) | Bajo (flujo de caja claro) | Si puedes realojarte temporalmente |
| Hipoteca-puente | Financia la compra nueva hasta que vendas la actual | Muy alta | Medio (dos deudas temporales) | Si no quieres mudarte dos veces |
| Arras encadenadas | Arras de compra condicionadas a tu venta (plazos coordinados) | Alta | Medio (dependes de terceros) | Mercados líquidos y buen abogado/notario |
| Subrogación del comprador | El comprador asume tu hipoteca actual al comprar | Alta | Bajo-medio (filtro del banco) | Si tu hipoteca es atractiva |
Notas rápidas:
- La hipoteca-puente cubre el desfase entre comprar y vender (temporal).
- La subrogación del comprador supone que el comprador asume tu préstamo en notaría (descuentas la deuda del precio). Hay costes y el banco debe aceptar.
Si tienes hipoteca: qué te conviene y cuánto cuesta salir
A) Cancelar (amortizar) y abrir una nueva
- Comisión/compensación por amortización anticipada (LCCI 2019, límites legales):
- Tipo fijo: máx. 2% (10 primeros años) o 1,5% (después).
- Tipo variable: máx. 0,25% (primeros 3 años) o 0,15% (primeros 5 años); 0% después.
- Si cambias de variable→fijo por novación/subrogación, máx. 0,05% (primeros 3 años).
B) Que el comprador se subrogue en tu hipoteca
- Comprador, vendedor y banco firman compraventa con subrogación; el comprador hereda condiciones y deuda, ahorrando trámites de una nueva hipoteca completa (ojo: también hay gastos y comisión de subrogación si aplica).
“En la práctica, si tu hipoteca fija es competitiva, negocio la subrogación del comprador: le mejora cuota y a ti te simplifica el cierre.”
Fiscalidad al vender para comprar (sin sorpresas)
Exención por reinversión (tu vivienda habitual)
- Si reinviertes el importe de venta (todo o parte) en tu nueva vivienda habitual dentro de ≤ 2 años (antes o después de la venta), la ganancia puede quedar exenta (proporcional si reinviertes solo parte).
- AEAT recuerda que el plazo es de fecha a fecha y admite reinversiones anteriores a la venta.
- Si no marcaste la exención en la Renta y cumplías los requisitos, hay criterio TEAC 2025 que permite rectificar dentro de los 4 años (derecho, no “opción”). Asegúrate con tu asesor.
Plusvalía municipal (IIVTNU)
- Desde el RDL 26/2021: no se paga si no hay ganancia; cálculo por coeficientes o método real (eliges el más favorable). Plazos y fórmula dependen de tu ayuntamiento (ej. Madrid: 30 días hábiles en ventas).
Cómo encadenar bien las firmas (paso a paso)
Ruta A — Vender primero y comprar después
- Precio y papeles (nota simple, CEE, IBI, certificado de comunidad).
- Arras de venta (penitenciales, 5–10%) con fecha de notaría.
- Con el cobro, arras de compra y/o hipoteca nueva.
- Escritura de compra con medios de pago identificados (transferencia/cheque).
El notario debe identificar medios de pago en la escritura (cuentas/cheques, etc.).
Ruta B — Comprar primero con hipoteca-puente
- Solicita la puente (plazo 6–24 meses típico).
- Compra y te mudas; vendes la anterior en la ventana pactada.
- Al vender, cancelas la puente o novación a hipoteca estándar.
Ruta C — Arras encadenadas
- Firma arras de compra condicionadas a que vendas antes del día X (y arras de venta con fecha anterior). Requiere coordinación notarial.
- En notaría, los medios de pago deben constar con detalle (transferencias: cuentas de cargo/abono; cheques: datos y testimonio).
Simulaciones rápidas (para decidir con cabeza)
1) Reinversión parcial
Vendes por 240.000 €, ganancia 60.000 €. Reinviertes 180.000 € → exención parcial: (180.000/240.000) × 60.000 = 45.000 € exentos; tributas por 15.000 €.
2) Cancelar una hipoteca fija (año 12)
Deuda pendiente 150.000 €. Comisión máx. por LCCI: 1,5% (porque pasados 10 años) → 2.250 € de tope legal (la tuya puede ser menor).
3) Subrogación del comprador
Saldo 120.000 € a tipo atractivo. El comprador se subroga; descuentas 120.000 del precio y cerráis en notaría con visto bueno del banco (posibles gastos/ comisión).
Documentos clave y checklists
| Venta | Compra |
|---|---|
| Nota simple, Escritura, DNI/NIE | Preaprobación/Oferta hipoteca (si aplica) |
| CEE registrado (obligatorio) | Arras/condición suspensiva si dependes de vender |
| IBI y Certificado de deudas de comunidad | Método de pago identificado (transferencia/cheque) |
| Hipoteca: carta deuda 0 / cancelación o subrogación | Impuestos de compra (ITP/AJD) y provisión de fondos |
- CEE es obligatorio para publicitar/vender; tenlo antes de “salir a mercado”.
- Medios de pago: la escritura debe identificarlos (transferencias: cuentas; cheques: datos/testimonio).
Casos especiales (lo que suele frenar la cadena)
Con inquilino en tu vivienda actual
Hay derecho de tanteo/retracto del arrendatario (LAU art. 25). Notifica fehacientemente precio y condiciones; plazo de ejercicio típico 30 días naturales desde la notificación.
Plazos de plusvalía municipal
Revisa tu ayuntamiento (p. ej., Madrid: 30 días hábiles desde la transmisión).
Cronograma recomendado (venta→compra en 45–90 días)
- Semana 1–2: precio realista + documentos (nota simple, CEE, IBI, comunidad).
- Semana 3: arras de venta (fecha notaría) + arras de compra (condicionadas si necesitas vender).
- Semana 5–8: hipoteca nueva o puente aprobada / aceptación bancaria si hay subrogación.
- Semana 6–12: doble firma en notaría (venta por la mañana, compra por la tarde).
(Notarías y registros permiten coordinar y dejar todo identificado en escrituras).
FAQs
1) ¿Puedo comprar antes de vender?
Sí: con hipoteca-puente o ahorro. Evalúa coste y ventana para vender (2–6 meses).
2) ¿Si reinvierto solo parte, pierdo toda la exención?
No, tendrás exención parcial proporcional a lo reinvertido.
3) ¿Qué comisión me puede cobrar el banco por cancelar?
Con LCCI 2019 hay límites: fijo (2% primeros 10 años, 1,5% después) y variable (0,25%/0,15% al inicio; 0% después).
4) ¿Es mejor subrogar al comprador o cancelar?
Depende: si tu hipoteca es buena, la subrogación puede acelerar la operación y abaratar gastos; el banco debe aceptar.
5) ¿Cuánto tiempo tengo para la plusvalía?
Regla general en ventas: 30 días hábiles (ej. Madrid). Confirma en tu ayuntamiento.
6) No marqué la exención en la Renta, ¿ya no puedo?
Si cumplías requisitos, el TEAC (2025) permite rectificar dentro de 4 años. Consulta tu caso.

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